El Consejo Social de la ULPGC aprobó por unanimidad incorporar una disposición a las Normas de Progreso y Permanencia de la ULPGC, que permitirá flexibilizar la posibilidad de matriculación de un estudiante que realice programas reglados de movilidad, auspiciados por la ULPGC. La disposición expresaría textualmente: “Cuando el estudiante participe en un programa de movilidad del Vicerrectorado con competencias en movilidad de estudiantes tendrá opción de matricularse de las asignaturas de un curso superior al que le correspondería según su progreso, siempre que dichas asignaturas figuren en el Compromiso de Reconocimiento Académico del estudiante”.
Asimismo, en el último Pleno, el Presidente Lothar Siemens informó a los asistentes que el Consejo de Gobierno de la ULPGC ha trasladado al Consejo Social varias propuestas de modificación de las Normas de Progreso y Permanencia de la ULPGC, que hacen referencia a los criterios objetivos necesarios para la obtención de la condición de estudiante a tiempo parcial de manera automática, incrementando, si es el caso, el porcentaje de plazas reservadas en cada titulación para esta figura de dedicación.
Concretamente, en relación al artículo 5, punto 4 de las Normas de Progreso y Permanencia en las titulaciones oficiales en la ULPGC, que establece que “todas las titulaciones presenciales de carácter oficial de la ULPGC deberán reservar entre un mínimo del 1% y un máximo del 10% de plazas de nuevo ingreso para estudiantes en régimen de dedicación a tiempo parcial en estudios de grado, siendo el máximo para estudios oficiales de máster el 20%. Este porcentaje se elevará hasta el 40% en los estudios de doctorado”.
El Consejo de Gobierno ha propuesto al Consejo Social que:
– Se establecieran unos criterios objetivos para la concesión automática de la condición de alumno a Tiempo Parcial.
– A todo aquel estudiante de cualquier titulación que cumpla alguno de los criterios anteriores, en caso de solicitarlo, se le concederá el régimen de dedicación a tiempo parcial (aún sobrepasando los porcentajes recogidos en el artículo 5, punto 4).
– Si una vez reconocidos de forma automática los perfiles a Tiempo Parcial aún no se hubiera agotado los porcentajes referidos en el artículo 5, las CADs evaluarán el resto de las solicitudes hasta alcanzar dichos porcentajes en función de los criterios determinados por la Comisión de Permanencia.
Y, por otro lado, en relación con la Disposición Adicional Segunda de las Normas de Progreso y Permanencia en las titulaciones oficiales en la ULPGC que establece que “a los efectos del cálculo del límite de admisión de una titulación, el número de plazas ofertadas se considerarán a tiempo completo, ponderando las destinadas a tiempo parcial al 50%”.
El Consejo de Gobierno solicitó que, a efectos de planificación académica, las plazas de nuevo ingreso computen igual, tanto si son a Tiempo Completo como si son a Tiempo Parcial, para el curso próximo con el fin de evaluar su aplicación y tomar una decisión definitiva sobre esta disposición.
Además, el Consejo de Gobierno ha propuesto que los alumnos que accedan a una titulación desde la Preinscripción, deberán solicitar el tipo de dedicación a Tiempo Parcial en el plazo fijado por la ULPGC tras su matriculación en la Titulación.
Estas propuestas del Consejo de Gobierno serán valoradas por el Consejo Social, ya que, tal y como indicó su Presidente, “acogemos de buen grado cualquier iniciativa que ayude a mejorar la interpretación de las Normas”.