ACUERDOS ADOPTADOS SESIÓN 194. 26 DE ABRIL DE 2013.
194-26-04-2013-1:
Se acordó aprobar las actas número 191, de fecha 20 de diciembre de 2012, número 192, de fecha 11 de febrero y número 193, de fecha 28 de febrero de 2013.
194-26-04-2013-2:
Se acordó aprobar, en uso de la capacidad atribuida por el artículo 9.i del Reglamento de Organización y funcionamiento del Consejo Social –aprobado por decreto 97/2004, de 20 de julio, modificado por decreto 48/2011, de 24 de febrero, del Gobierno de Canarias– la liquidación del presupuesto del Consejo Social correspondiente al ejercicio económico 2012.
194-26-04-2013-3:
Se acordó:
1. Aprobar, de acuerdo con lo establecido en el artículo 4.1. de la Ley 11/2003, de 4 de abril, modificada por Ley 5/2009, de 24 de abril, sobre Consejos Sociales y Coordinación del Sistema Universitario de Canarias, las cuentas anuales correspondientes al ejercicio económico 2012 de la Universidad.
El resultado presupuestario no financiero ascendió a 114 mil euros de acuerdo con el Sistema Europeo de Cuentas Nacionales y Regionales (SEC 95).
2. Remitir las cuentas aprobadas a la Consejería de Educación, Universidades y Sostenibilidad del Gobierno de Canarias tal y como establece el artículo 4.2. de la mencionada Ley.
3. Aprobar, conocidos y estudiados los diversos estados de las Cuentas Anuales 2012 de la ULPGC, la siguiente declaración institucional:
DECLARACIÓN INSTITUCIONAL DEL CONSEJO SOCIAL DE LA UNIVERSIDAD DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA
Estudiados los diversos documentos contenidos en las Cuentas Anuales 2012 de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria, el Consejo Social de la Institución, como órgano de participación de la sociedad en la Universidad al que le corresponde, entre otras cuestiones, la supervisión de su actividad económica y el rendimiento de los servicios de la Universidad y su gestión, desea hacer pública la siguiente declaración institucional:
1. Destacamos el ejercicio de transparencia y de rendición de cuentas que la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria realiza con la presentación de las cuentas anuales del ejercicio económico 2012 en un momento donde existe gran sensibilidad social al respecto. Este esfuerzo por la transparencia en la gestión económica queda reforzada por la inclusión de nuevos anexos en el texto como, por ejemplo, referencias documentales a la estabilidad presupuestaria, la conciliación entre el resultado económico-patrimonial y el presupuestario, así como los convenios suscritos por la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria.
2. Dejamos constancia de que las Cuentas Anuales 2012, antes de ser aprobadas por el Pleno del Consejo Social de la ULPGC, han sido objeto de revisión por parte del Servicio de Control Interno, según lo contemplado en el Plan de Auditoría Interna 2012-2015. De este informe se induce que el documento contiene el balance de situación, la cuenta de resultado económico-patrimonial, el estado de liquidación del presupuesto y la memoria correspondiente al ejercicio anual terminado el 31 de diciembre de 2012, tal y como establece el Plan General de Contabilidad Pública.
3. Corroboramos que la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria sigue un año más saneada desde un punto de vista financiero por octavo año consecutivo, cumpliendo así los principios contemplados en la Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y Suficiencia Financiera.
4. En consonancia con el punto anterior, destacamos y valoramos positivamente el resultado presupuestario no financiero que ha alcanzado una cifra de 114 mil euros de acuerdo con el Sistema Europeo de Cuentas Nacionales y Regionales (SEC 95).
5. Con independencia del superávit de financiación generado en 2012 (1,8 millones de euros), es necesario tener en cuenta el marco económico actual, la repercusión que tiene en las Comunidades Autónomas, y en Canarias en particular, la “actualización del Programa de Estabilidad para España en el periodo 2012-2015”, su repercusión en la financiación del Sistema Universitario Público Canario y, por ende, en la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria, que continuará conllevando un recorte en el gasto dedicado a la Educación Superior en Canarias para 2013.
En este sentido es necesario que la Universidad mantenga, en cualquier caso, la prudente contención en el gasto corriente y la necesaria priorización y eficiencia en el gasto, tal y como ha formulado los presupuestos de 2013 para no incumplir los principios de estabilidad presupuestaria.
6. Valoramos positivamente que el grado de ejecución del presupuesto de gastos alcanza el 89,35%, ligeramente menor al registrado en 2011 (90,67%), y que la salud en la gestión de la tesorería ha posibilitado un pago ágil a los proveedores en un momento sensible para éstos debido a la crisis actual. No obstante, el Consejo Social recomienda que la Universidad, en la medida de lo posible, siga manteniendo un período de pago ajustado a los acuerdos contractuales con sus proveedores, cumpliendo igualmente con la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad, modificada por Ley 15/2010, de 5 de julio.
7. Instamos a que la Universidad y la Comisión de Planificación y Asuntos Económicos del Consejo Social continúe con la labor de vigilancia en relación con la ejecución de los ingresos y gastos previstos inicialmente para 2013, a fin de que no se produzcan desviaciones motivadas por la situación financiera y económica que atraviesan las instituciones, las familias y el tejido productivo canario.
8. Comunicamos que las cuentas anuales de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria de los últimos ejercicios han sido informados favorablemente por la Intervención General de la Comunidad Autónoma de Canarias en sus auditorías anuales.
9. Reconocemos el esfuerzo que sigue realizando la Comunidad Autónoma de Canarias, a través de su Consejería de Educación, Universidades y Sostenibilidad para mantener su sensibilidad respecto a la importancia de mantener un marco de transferencias corrientes a las universidades canarias, y en concreto a la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria, en un escenario de recortes presupuestarios que han producido tensiones importantes en los colectivos universitarios de otras universidades del Estado.
10. Instamos a los responsables de la Consejería de Educación, Universidades y Sostenibilidad, y a los de la Consejería de Economía, Hacienda y Seguridad a que no se produzcan más recortes que puedan poner en peligro la estabilidad presupuestaria de la Universidad y, por ende, los esfuerzos que llevan a cabo los gestores de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria para mantener un nivel de calidad y eficiencia en el epicentro del proceso iniciado en 2009 para la adaptación de la Universidad al Espacio Europeo de Educación Superior.
11. Valoramos positivamente el esfuerzo realizado para incrementar el porcentaje de los recursos propios generados por la propia Institución frente a las transferencias procedentes de los fondos públicos si bien, la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria, aunque presente una situación financiera saneada, sigue dependiendo de las partidas presupuestarias procedentes de la Comunidad Autónoma de Canarias, por lo que es necesario seguir con una política de mayor diversificación de sus fuentes de financiación e incrementar la financiación competitiva en apoyo a la investigación, así como sus recursos propios.
En esta línea, nos comprometemos a ultimar y liderar, en coordinación con en el Equipo Rectoral, el Estudio para el Desarrollo de nuevas Líneas de Captación de Financiación para la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria.
12. Reconocemos que la situación económica reflejada en el documento de cuentas anuales de la Universidad correspondiente al año 2012 no sería posible sin el esfuerzo realizado por toda la comunidad universitaria para cumplir con las disposiciones contempladas en el Real Decreto Ley 14/2012, de 20 de abril, de medidas urgentes de racionalización del gasto público en el ámbito educativo, así como otras disposiciones legales que han obligado a la realización de serios ajustes.
13. Reafirmamos la total disposición del Consejo Social a apoyar al equipo gestor y a los restantes órganos de gobierno de la Universidad para que se lleve a cabo una línea de rigor en la programación y ejecución presupuestaria y de búsqueda de nuevos recursos para hacer frente a las actuales y futuras necesidades financieras de la Institución.
194-26-04-2013-4:
Se acordó aprobar, de acuerdo con el artículo 46.3 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, modificada por la Ley 4/2007, de 12 de abril, de Universidades, la adición de un nuevo quinto apartado al artículo 15 de las Normas de Progreso y Permanencia en las titulaciones oficiales en la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria. El texto de dicho artículo queda como sigue:
ARTÍCULO 15. Condiciones generales de progreso.
1. Para poder matricularse de una asignatura de un determinado curso del correspondiente plan de estudios, será necesario matricularse de todas las asignaturas de los cursos precedentes del plan de estudio que se encuentren pendientes de superar.
2. Cuando un estudiante matriculado a tiempo completo haya aprobado al menos 60 créditos ECTS de los que se encontrase matriculado en el curso anterior, podrá matricularse de hasta un máximo de 78 créditos ECTS, en el curso siguiente. En el caso del estudiante matriculado a tiempo parcial y que haya aprobado al menos 30 créditos ECTS de los que se encontrase matriculado en el curso anterior podrá, de manera excepcional, matricularse el siguiente curso de 36 créditos ECTS.
3. El estudiante a tiempo completo o a tiempo parcial podrá matricularse en el curso siguiente de entre 42 y 60 créditos ECTS y entre 18 y 30 créditos ECTS respectivamente, cuando concurran las siguientes causas:
a) Por habérsele concedido algunas de las situaciones excepcionales de permanencia contempladas en el artículo 9 de este Reglamento.
b) Cuando existan hechos excepcionales ligados a la merma del rendimiento académico del solicitante según los criterios establecidos por la Comisión de Permanencia de la Universidad.
4. El estudiante que supere asignaturas por reconocimiento de créditos o en convocatorias extraordinarias podrá solicitar matricularse de asignaturas con un número de créditos igual al superado, en las fechas que se contemplen en las instrucciones de ampliación de matrícula de cada curso académico.
5. Cuando el estudiante participe en un programa de movilidad reglado del Vicerrectorado con competencias en movilidad de estudiantes tendrá opción a matricularse de las asignaturas de un curso superior al que le correspondería según su progreso, siempre que dichas asignaturas figuren en el Compromiso de Reconocimiento Académico del estudiante.
194-26-04-2013-5:
Se acordó nombrar a los componentes de la Comisión de Permanencia de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria, en uso de la capacidad atribuida por el artículo 16 de las Normas de Progreso y Permanencia en las titulaciones oficiales en la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria. La composición de dicha Comisión se ajusta a lo establecido en el artículo 17 de las referidas Normas y forman parte de ella las siguientes personas.
– Presidente: el Presidente del Consejo Social, o persona en quien delegue.
– Vicepresidente: don Nicolás Díaz de Lezcano Sevillano.
– Vocales:
+ Don Gustavo Montero García.
+ Don José Miguel Álamo Mendoza.
+ Don Manuel Bueno Albujar.
+ Don Juan Manuel Benítez del Rosario.
+ Don Enrique Solana Suárez.
– Secretaria: Doña Carmen González Pérez.
Doña Alba Oramas Cruz se incorporará a la Comisión como representante de los estudiantes con efectos desde la publicación de su nombramiento como vocal del Consejo Social en representación del Consejo de Gobierno de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria.
194-26-04-2013-6:
Se acordó modificar el acuerdo adoptado por el Consejo Social reunido el 20 de diciembre de 2012 relativo a la asignación, con carácter individual, de complementos retributivos al personal docente e investigador, con efectos económicos desde el 1 de enero de 2012, según el artículo 55.2 y 69.3 de la Ley 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, modificada por Ley 4/2007, de 12 de abril, como consecuencia de la nueva evaluación llevada a cabo por la Agencia Canaria de Calidad Universitaria y Evaluación Educativa a raíz de los recursos de alzada interpuestos. La modificación aprobada es la siguiente:
– 42.814.413-M, Complemento 3: 3 tramos.
– 42.771.676-W Complemento 3: 2 tramos.
La duración de los efectos económicos de todos los complementos serán los establecidos en el decreto 140/2002, de 7 de octubre, sobre régimen del personal docente e investigador contratado y sobre complementos retributivos del profesorado de las universidades canarias.
No obstante lo anterior, cualquier reforma del marco normativo estatal sobre retribuciones del profesorado dirigido a la homologación o mejora de las percepciones salariales de los mismos que implique un aumento de los gastos de personal de las universidades canarias permitirá disminuir el pago de los complementos hasta la cantidad mejorada en la normativa estatal.
194-26-04-2013-7:
Se acordó aprobar, de acuerdo con el artículo 24.2 del Reglamento de Organización y Funcionamiento del Consejo Social de la ULPGC, el siguiente calendario para la celebración de Sesiones Plenarias ordinarias durante el año 2013:
– Sesión Plenaria nº 194: 26 de abril de 2013.
– Sesión Plenaria nº 195: 16 de mayo de 2013 (extraordinaria).
– Sesión Plenaria nº 196: 23 de julio de 2013.
– Sesión Plenaria nº 197: 16 de octubre de 2013.
– Sesión Plenaria nº 198: 20 de diciembre de 2013.