RELACIÓN DE ACUERDOS ADOPTADOS EN LA COMISIÓN PERMANENTE nº86
07 DE JULIO DE 2017
CP86-07-07-2017-1:
Se acordó aprobar, en uso de la capacidad atribuida por el artículo 200 de los Estatutos de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria, aprobados mediante decreto 107/2016, de 01 de agosto, y modificados mediante decreto 138/2016, de 10 de noviembre, del Gobierno de Canarias, la transferencia de la Patente P201600344 a la empresa Cochlear Research and Development Limited por un importe de ochenta y siete mil trescientos cincuenta euros (87.350,00€).
CP86-07-07-2017-2:
Se acordó aprobar, en uso de la capacidad atribuida por el artículo 200 de los Estatutos de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria, aprobados mediante decreto 107/2016, de 01 de agosto, y modificados mediante decreto 138/2016, de 10 de noviembre, del Gobierno de Canarias, la cesión de resultados de investigación a la empresa Viorama GMBH por un importe de dos mil setecientos cincuenta euros (2.750,00€).
CP86-07-07-2017-3:
Se acordó aprobar, en uso de la capacidad atribuida por el artículo 200 de los Estatutos de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria, aprobados mediante decreto 107/2016, de 01 de agosto, y modificados mediante decreto 138/2016, de 10 de noviembre, del Gobierno de Canarias, la cesión de resultados de investigación a la empresa BIOGEMAR S.A, correspondiente a la mejora genética para la producción del camarón o langostino blanco (Litopenaeus vannamei) desarrollado en la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria.
CP86-07-07-2017-4:
Se acordó aprobar, en uso de la capacidad atribuida por el artículo 200 de los Estatutos de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria, aprobados mediante decreto 107/2016, de 01 de agosto, y modificados mediante decreto 138/2016, de 10 de noviembre, del Gobierno de Canarias, la cesión de uso del algoritmo de super-resolución, desarrollado en la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria, al Cuerpo Nacional de Policía sin coste alguno para ambas partes y sin compromiso de mantenimiento ni responsabilidad derivada de su uso..
CP86-07-07-2017-5:
Se acordó aprobar, en uso de la capacidad atribuida por el artículo 29.1.c) de las Bases de Ejecución del Presupuesto de la ULPGC correspondiente al ejercicio económico de 2017, una transferencia de crédito, entre gastos en bienes corrientes y servicios y gastos de personal, por valor de tres mil ochocientos noventa y tres con veintisiete euros (3.893,27€) con origen la unidad de gasto 01004 (programa 42D) correspondiente a Subvenciones Gestionadas y destino la unidad de gasto 010 (programa 42C) correspondiente a Servicios Centrales.
CP86-07-07-2017-6:
Se acordó aprobar, en uso de la capacidad atribuida por el artículo 3.2.e) de la Ley 11/2003, de 4 de abril, sobre Consejos Sociales y Coordinación del Sistema Universitario de Canarias, modificada por Ley 5/2009, de 24 de abril, una transferencia de crédito, entre el capítulo de gastos en bienes corrientes y servicios y el capítulo de transferencias de capital, por valor de ciento cincuenta mil euros (150.000,00€) con origen y destino la unidad de gasto 02803 (programa 42D) correspondiente a Relaciones Internacionales (financiación afectada).
CP86-07-07-2017-7:
Se acordó aprobar, en uso de la capacidad atribuida por el artículo 3.2.e) de la Ley 11/2003, de 4 de abril, sobre Consejos Sociales y Coordinación del Sistema Universitario de Canarias, modificada por Ley 5/2009, de 24 de abril, una transferencia de crédito, entre gastos en bienes corrientes y servicios y gastos de capital, por valor de mil quinientos euros (1.500,00€) con origen la unidad de gasto 011 (programa 42E) correspondiente al Consejo Social, y destino la unidad de gasto 02401 (programa 42B) correspondiente a Subvenciones de Investigación.
CP86-07-07-2017-8:
Se acordó aprobar, en uso de la capacidad atribuida por el artículo 29.5. de las Bases de Ejecución del Presupuesto de la ULPGC correspondiente al ejercicio económico de 2017, una transferencia de crédito, entre el capítulo de gastos en bienes corrientes y servicios y el capítulo de transferencias corrientes, por valor de mil ochocientos ochenta y tres con cuarenta y dos euros (1.883,42€) con origen la unidad de gasto 011 (programa 42E) correspondiente al Consejo Social, y destino la unidad de gasto 02501 (programa 42A) correspondiente a Política Asistencial.
CP86-07-07-2017-9:
Se acordó aprobar, en uso de la capacidad atribuida por el artículo 29.5. de las Bases de Ejecución del Presupuesto de la ULPGC correspondiente al ejercicio económico de 2017, una transferencia de crédito, entre el capítulo de gastos en bienes corrientes y servicios y el capítulo de transferencias corrientes, por valor de mil ochocientos setenta y un euros (1.871,00€) con origen y destino la unidad de gasto 011 (programa 42E) correspondiente al Consejo Social.
CP86-07-07-2017-10:
Se acordó aprobar el precio de determinadas publicaciones editadas por el Servicio de Publicaciones de las Universidad de Las Palmas de Gran Canaria en uso de la capacidad atribuida por el artículo 4.3.b) de la Ley 11/2003, de 4 de abril, modificada por Ley 5/2009, de 24 de abril, sobre Consejos Sociales y Coordinación del Sistema Universitario de Canarias.
CP86-07-07-2017-11:
Se acordó aprobar, en uso de las capacidades atribuidas por el artículo 19 de las Normas de Progreso y Permanencia en las Titulaciones Oficiales en la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria, y por la delegación de competencias otorgadas por el Pleno del Consejo Social reunido en Sesión Plenaria el día 23 de julio de 2013, la resolución desestimatoria al recurso de alzada interpuesto por FLN (XX.XXX.505V) contra la resolución de 09 de marzo de 2017 del Presidente de la Comisión de Permanencia de la Universidad.
CP86-07-07-2017-12:
Se acordó:
1. Aprobar la distribución de becas de colaboración del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte para el curso 2017/2018 destinadas a iniciar en las tareas de investigación a los estudiantes de último curso de grado o de segundo ciclo que presten su colaboración, en régimen de compatibilidad con sus estudios, en determinados Departamentos o Institutos Universitarios.
2. Los estudiantes que obtengan la beca destinada a iniciar las tareas de investigación en régimen de compatibilidad con sus estudios, lo harán en el seno de los grupos de investigación más competitivos de los departamentos o institutos universitarios asignados.
3. Dar prioridad a los solicitantes que posean mayor nota media del expediente académico.
a) Dar prioridad a los solicitantes que posean mayor nota media del expediente académico.
b) Dar preferencia a otro solicitante de beca que cumpla con los requisitos para obtener la referida beca y que curse estudios dentro de la misma rama de conocimiento a la vacante producida.
4. Delegar en la Presidencia del Consejo Social para que pueda llevar a cabo los ajustes que fueran necesarios con el objetivo de que existan candidatos para cubrir todas las becas asignadas a la Universidad.