RELACIÓN DE ACUERDOS ADOPTADOS EN LA COMISIÓN PERMANENTE nº66
16 DE MARZO DE 2015
CP66-16-03-2015-1:
Se acordó:
1. Aprobar la liquidación provisional del presupuesto de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria correspondiente al ejercicio presupuestario 2014, siguiendo lo establecido en el artículo 81.5. de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, modificada mediante Real Decreto Ley 14/2012, de 20 de abril, de medidas urgentes de racionalización del gasto público en el ámbito educativo:
Dicha liquidación provisional indica que el ejercicio presupuestario 2014 ha obtenido un déficit presupuestario en términos de contabilidad nacional de un millón novecientos veintiséis mil doscientos doce con cuarenta y cuatro euros (-1.926.212,44€).
La liquidación se recoge en el reverso y páginas siguientes a esta certificación, debidamente autenticadas por esta Secretaría.
2. Elevar dicha liquidación a la Consejería de Economía, Hacienda y Seguridad del Gobierno de Canarias.
CP66-16-03-2015-2:
Se acordó aprobar, en uso de la capacidad atribuida por el artículo 3.2.e) de la Ley 11/2003, de 4 de abril, sobre Consejos Sociales y Coordinación del Sistema Universitario de Canarias, modificada por Ley 5/2009, de 24 de abril, una transferencia de crédito, entre gastos corrientes y de capital, por valor de mil quinientos euros (1.500,00€) con origen y destino la unidad de gasto 229 (programa 42B) correspondiente al Departamento de Análisis Económico Aplicado.
CP66-16-03-2015-3:
Se acordó aprobar, en uso de las competencias dadas por el Pleno del Consejo Social y la capacidad atribuida por el artículo 4.3.c) de la Ley sobre Consejos Sociales y Coordinación del Sistema Universitario de Canarias, la delegación de los trámites de aprobación que guarden relación con transferencias de crédito que tengan cobertura el capítulo II y aplicación en el capítulo I del presupuesto de gastos de la ULPGC cuando sea para hacer frente a gastos internos o repercusión de costes en la Institución.
CP66-16-03-2015-4:
Se acordó:
- Trasladar a la Comisión de Permanencia de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria la consideración de un nuevo criterio de ampliación de la dedicación a tiempo completo por excelencia académica que será aplicable a partir del curso académico 2015/2016.
- Establecer que los términos del referido criterio sean los que a continuación se exponen:
a. Aplicable únicamente a estudiantes que en el curso anterior tuvieron dedicación a Tiempo Completo y que en dicho curso hubieran superado asignaturas con la calificación de Sobresaliente.
b. No podrán acogerse a este criterio de excelencia los estudiantes que en el curso anterior no hubieran obtenido, al menos, el rendimiento académico establecido en el artículo 6 de las Normas de Progreso y Permanencia.
c. Se excluye de la aplicación de este criterio la asignatura o asignaturas de Prácticas Externas cualquiera que sea la denominación con que se recojan en el título.
d. La aplicación de este criterio permitirá la matriculación de entre 61 y 78 créditos y, en concreto, en el mismo número de créditos en que hubieran obtenido la calificación de Sobresaliente. No será acumulable a otros criterios de ampliación de matrícula, (ultima asignatura a matricular del curso, etc.).
e. Esta matricula solo podrá realizarse en el periodo ordinario del primer semestre que se establezca mediante Instrucción Anual.
CP66-16-03-2015-5:
Se acordó aprobar, en uso de las capacidades atribuidas por el artículo 19 de las Normas de Progreso y Permanencia en las Titulaciones Oficiales en la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria, aprobadas en Sesión Plenaria del Consejo Social celebrada el día 26 de noviembre de 2012, modificadas por acuerdo plenario de 28 de julio de 2014, y por la delegación de competencias otorgadas por el Pleno del Consejo Social reunido en Sesión Plenaria el día 23 de julio de 2013, la resolución al recurso de alzada interpuesto por CMM (XX.XXX.468-L) contra la resolución de 28 de enero de 2015 del Presidente de la Comisión de Permanencia de la Universidad.
CP66-16-03-2015-6:
Se acordó aprobar, en uso de las capacidades atribuidas por el artículo 19 de las Normas de Progreso y Permanencia en las Titulaciones Oficiales en la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria, aprobadas en Sesión Plenaria del Consejo Social celebrada el día 26 de noviembre de 2012, modificadas por acuerdo plenario de 28 de julio de 2014, y por la delegación de competencias otorgadas por el Pleno del Consejo Social reunido en Sesión Plenaria el día 23 de julio de 2013, la resolución al recurso de alzada interpuesto por LCMM (XX.XXX.229-H) contra la resolución de 05 de febrero de 2015 del Presidente de la Comisión de Permanencia de la Universidad.
CP66-16-03-2015-7:
Se acordó aprobar, en uso de las capacidades atribuidas por el artículo 19 de las Normas de Progreso y Permanencia en las Titulaciones Oficiales en la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria, aprobadas en Sesión Plenaria del Consejo Social celebrada el día 26 de noviembre de 2012, modificadas por acuerdo plenario de 28 de julio de 2014, y por la delegación de competencias otorgadas por el Pleno del Consejo Social reunido en Sesión Plenaria el día 23 de julio de 2013, la resolución al recurso de alzada interpuesto por CMA (XX.XXX.818-T) contra la resolución de 09 de febrero de 2015 del Presidente de la Comisión de Permanencia de la Universidad.
CP66-16-03-2015-8:
Se acordó aprobar, en uso de las capacidades atribuidas por el artículo 19 de las Normas de Progreso y Permanencia en las Titulaciones Oficiales en la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria, aprobadas en Sesión Plenaria del Consejo Social celebrada el día 26 de noviembre de 2012, modificadas por acuerdo plenario de 28 de julio de 2014, y por la delegación de competencias otorgadas por el Pleno del Consejo Social reunido en Sesión Plenaria el día 23 de julio de 2013, la resolución al recurso de alzada interpuesto por YAM (XX.XXX.302-N) contra la resolución de 10 de febrero de 2015 del Presidente de la Comisión de Permanencia de la Universidad.
CP66-16-03-2015-9:
Se acordó aprobar, en uso de las capacidades atribuidas por el artículo 19 de las Normas de Progreso y Permanencia en las Titulaciones Oficiales en la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria, aprobadas en Sesión Plenaria del Consejo Social celebrada el día 26 de noviembre de 2012, modificadas por acuerdo plenario de 28 de julio de 2014, y por la delegación de competencias otorgadas por el Pleno del Consejo Social reunido en Sesión Plenaria el día 23 de julio de 2013, la resolución al recurso de alzada interpuesto por ZMHD (XX.XXX.608-Y) contra la resolución de 09 de febrero de 2015 del Presidente de la Comisión de Permanencia de la Universidad.
CP66-16-03-2015-10:
Se acordó aprobar, en uso de las capacidades atribuidas por el artículo 19 de las Normas de Progreso y Permanencia en las Titulaciones Oficiales en la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria, aprobadas en Sesión Plenaria del Consejo Social celebrada el día 26 de noviembre de 2012, modificadas por acuerdo plenario de 28 de julio de 2014, y por la delegación de competencias otorgadas por el Pleno del Consejo Social reunido en Sesión Plenaria el día 23 de julio de 2013, la resolución al recurso de alzada interpuesto por ZRO (XX.XXX.698-X) contra la resolución de 09 de febrero de 2015 del Presidente de la Comisión de Permanencia de la Universidad.
CP66-16-03-2015-11:
Se acordó informar favorablemente la propuesta de modificación de la denominación de la Facultad de Formación del Profesorado por Facultad de Ciencias de la Educación, en uso de las competencias delegadas por el Pleno del Consejo Social y la capacidad atribuida por el artículo 3.1.b). de la Ley 11/2003, de 4 de abril, modificada por Ley 5/2009, de 24 de abril, sobre Consejos Sociales y Coordinación del Sistema Universitario de Canarias..