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COMISIÓN PERMANENTE 55

Las Palmas de Gran Canaria, a 27 de noviembre de 2013

RELACIÓN DE ACUERDOS ADOPTADOS EN LA COMISIÓN PERMANENTE nº55
27 DE NOVIEMBRE DE 2013

 

CP55-27-11-2013-1:

Se acordó:

  1. Informar favorablemente, de acuerdo con lo establecido en el artículo 3.2.b de la Ley 11/2003, de 4 de abril, sobre Consejos Sociales y Coordinación del Sistema Universitario de Canarias, las modificaciones introducidas en las directrices del presupuesto para el ejercicio 2014, que fueron informadas por la Comisión Permanente del Consejo celebrada el día 22 de octubre de 2013.
  2. Aprobar la asignación total de recursos prevista para las unidades docentes en 2014 que ascienden a tres millones trescientos veintidós mil setecientos ochenta y cinco euros (3.322.785,00€).

CP55-27-11-2013-2:

Se acordó aprobar, en uso de la capacidad atribuida por el artículo 3.2.e) de la Ley 11/2003, de 4 de abril, sobre Consejos Sociales y Coordinación del Sistema Universitario de Canarias, modificada por Ley 5/2009, de 24 de abril, una transferencia de crédito, entre gastos corrientes y de capital, por valor de mil ochtenta y nueve con cuarenta euros (1.089,40€) con origen y destino la unidad de gasto 238 correspondiente al Departamento de Ingeniería Telemática.

CP55-27-11-2013-3:

Se acordó:

1. Aprobar la asignación, con carácter individual, de complementos retributivos al personal docente e investigador, con efectos económicos uno de enero de dos mil trece, en uso de las competencias delegadas por acuerdo del Pleno del Consejo Social reunido el día 11 de noviembre de 2013, y la capacidad atribuida por los artículos 55.2 y 69.3 de la Ley Orgánica de Universidades; el decreto 140/2002, de 7 de octubre, sobre régimen del personal docente e investigador contratado y sobre complementos retributivos del profesorado de las universidades canarias; la Ley 12/2011, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2012; y demás disposiciones relacionadas con la misma.

La duración de los efectos económicos de todos los complementos serán los establecidos en el decreto 140/2002, de 7 de octubre, sobre régimen del personal docente e investigador contratado y sobre complementos retributivos del profesorado de las universidades canarias.

No obstante lo anterior, cualquier reforma del marco normativo estatal sobre retribuciones del profesorado dirigido a la homologación o mejora de las percepciones salariales de los mismos que implique un aumento de los gastos de personal de las universidades canarias permitirá disminuir el pago de los complementos hasta la cantidad mejorada en la normativa estatal.

2. Remitir el expediente de concesión al Pleno del Consejo Social para su ratificación, sin perjuicio de la ejecución del acuerdo adoptado por la Comisión Permanente.

CP55-27-11-2013-4:

Se acordó:

  1. Aprobar una convocatoria de Becas de Colaboración en Departamentos e Institutos Universitarios de Investigación para el curso 2013/2014 destinadas a promover la iniciación en tareas de investigación de estudiantes matriculados en la Universidad, que vayan a finalizar los estudios de segundo ciclo o de Grado o que estén cursando Másteres universitarios oficiales.
  2. Aprobar, en uso de la capacidad atribuida por el artículo 3.2.e) de la Ley 11/2003, de 4 de abril, sobre Consejos Sociales y Coordinación del Sistema Universitario de Canarias, modificada por Ley 5/2009, de 24 de abril, una transferencia de crédito, entre gastos corrientes, por valor de mil ochtenta y nueve con cuarenta euros (18.810,00€) con origen y destino la unidad de gasto 011 correspondiente al Consejo Social de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria, para dar cobertura a la convocatoria de las referidas becas.
  3. Delegar en el Presidente del Consejo Social para que, en caso de disponibilidad presupuestaria, pueda ampliar el importe destinado a estas becas y autorizar las transferencias de crédito, entre capítulos de gastos corrientes del presupuesto del Consejo Social, que sean necesarias para ello.
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