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El Parlamento de Canarias aprueba la nueva Ley de Consejos Sociales y Coordinación del Sistema Universitario

El Parlamento de Canarias aprueba la nueva Ley de Consejos Sociales y Coordinación del Sistema Universitario, modificando la vigente

 

El Parlamento de Canarias aprobó el pasado 9 de julio la modificación de la Ley 11/2003, de 4 de abril, sobre Consejos Sociales y Coordinación del Sistema Universitario de Canarias, sin votos en contra de la oposición, salvo VOX. La nueva norma adapta la legislación autonómica a la Ley Orgánica del Sistema Universitario (LOSU) y refuerza el papel de los consejos sociales como órganos de participación ciudadana con competencias estratégicas y de control sobre las universidades públicas.

La ley surge de la necesidad de alinear la normativa canaria con la LOSU y de dotar a los consejos sociales de herramientas más sólidas para ejercer su función supervisora, tanto en el ámbito económico como en el estratégico y académico. Se trata de una norma pionera que amplía su capacidad de intervención en decisiones clave, siempre desde un enfoque de fiscalización y garantía del buen uso de los recursos públicos.

En el plano académico, la ley seguirá estableciendo que los consejos sociales emitan un informe previo favorable en la implantación de nuevas titulaciones; y en la creación, modificación o supresión de facultades, escuelas, institutos de investigación o escuelas de doctorado. Asimismo, se les atribuye la capacidad de aprobar estudios de viabilidad económica y de impacto social de nuevos planes de estudio, sin que ello suponga injerencia en la docencia o en la investigación, sino en la planificación estratégica y la optimización de recursos. También participarán en la definición de la oferta de titulaciones, en las políticas de becas y en la supervisión de actividades culturales y científicas.

En el ámbito económico, la norma refuerza su papel en la supervisión de la actividad financiera de las universidades. Los consejos sociales podrán aprobar el límite de gasto anual, seguirán estableciendo los precios públicos de las enseñanzas y actividades propias, así como el régimen retributivo del personal investigador con cargo a proyectos. Igualmente, se reconoce su capacidad para aprobar los planes de actuación de la unidad de control interno o intervención, con el objetivo de garantizar la fiscalización y promover la integridad institucional, tal y como se llevaba a cabo desde la ULPGC.

La ley también introduce la posibilidad de que los consejos sociales propongan al rector el cese del gerente por causa motivada, lo que refuerza su papel de garante en la gestión económica. Asimismo, se amplían sus responsabilidades al aprobar planes trienales de actuación destinados a intensificar la relación entre universidad y sociedad. Estos planes fomentarán la vinculación con asociaciones de antiguos alumnos, organizaciones profesionales, agentes económicos y sociales, así como la promoción de actividades de formación, patrocinio, mecenazgo y enseñanzas con mención dual.

En cuanto a la coordinación del sistema universitario, la norma actualiza las funciones del Consejo Universitario de Canarias y crea una comisión delegada específica para universidades públicas. Este órgano abordará materias como la financiación, los precios públicos y la planificación estratégica sin la participación de universidades privadas, lo que permitirá un tratamiento más específico y adaptado a la realidad de las instituciones públicas canarias.

Con esta ley, Canarias fortalece la gobernanza universitaria, otorga mayor capacidad de supervisión a los consejos sociales y consolida su papel como enlace esencial entre universidad y sociedad, con un marco jurídico adaptado a los retos actuales del sistema universitario.

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