Consejo Social de la ULPGC
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El Consejo Social aprueba el Reglamento de Desarrollo de las Normas de Progreso y Permanencia

Las Palmas de Gran Canaria, a 2 de julio de 2013
pleno_020713[1]En el último Pleno Extraordinario, celebrado el 2 de julio, los miembros del Pleno también aprobaron la modificación puntual de las Normas de Progreso y Permanencia , en la línea propuesta por el Consejo de   Gobierno de la ULPGC.


El Pleno Extraordinario del Consejo Social de la ULPGC, celebrado el 2 de julio en la Sala de Juntas de la Sede Institucional, aprobó por unanimidad el Reglamento de Desarrollo de las Normas de Progreso y Permanencia de la ULPGC informado favorablemente por todos los miembros de la Comisión de Permanencia de la Universidad, el órgano creado para velar por el cumplimiento de esta nueva normativa que se comienza a aplicar el próximo curso académico, tal y como exige el Espacio Europeo de Educación Superior.

El Reglamento concreta algunos aspectos de la nueva normativa, como los criterios objetivos para asignar a los estudiantes las modalidades de estudiantes a tiempo completo o a tiempo parcial; los órganos competentes e instancias adecuadas para la resolución de las solicitudes que surjan en torno a la aplicación de las Normas; o las excepcionalidades a las que se podrán acoger los estudiantes dentro de la normativa.

El Gerente de la ULPGC, Conrado Domínguez, propuso al Pleno algunas mejoras en la redacción que fueron aceptadas por la totalidad del Pleno y finalmente aprobados.

Previamente a la aprobación del reglamento, el Pleno del Consejo Social de la ULPGC también dio el visto bueno a una propuesta de modificación puntual de las Normas de Progreso y Permanencia de la ULPGC, accediendo así a una petición que formuló el Consejo de Gobierno de esta Universidad. La propuesta guarda relación principalmente con las causas automáticas que determina el Reglamento de Desarrollo para exceder los porcentajes máximos establecidos en las plazas de una titulación para los estudiantes a tiempo parcial; y las competencias de la Comisión de Permanencia para resolver las solicitudes de carácter excepcional que los estudiantes presenten.

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