El Consejo Social de la Universidad ha aprobado las nuevas Normas de Progreso y Permanencia en las Titulaciones Oficiales de la ULPGC que entrarán plenamente en vigor el curso 2013/2014. Dichas normas regulan las condiciones de progreso y permanencia en las titulaciones oficiales de grado y máster.
Con esta Normativa, la ULPGC asume nuevos perfiles de estudiantes emanados del Espacio Europeo de Educación Superior. En concreto los estudiantes podrán elegir entre dos modalidades de dedicación (a tiempo completo o a tiempo parcial) atendiendo a cuestiones derivadas de la existencia de necesidades educativas especiales y de otras características personales recogidas en esta norma y reglamentos que lo desarrolla.
Además, la regulación del estudiante a tiempo completo o a tiempo parcial se flexibiliza para permitir que el aprendizaje se lleve a cabo de forma más lenta si así se requiere, y de forma más rápida para los casos de estudiantes que demuestren un aprovechamiento del 100% de las materias cursadas anteriormente.
Además, la regulación del estudiante a tiempo completo o a tiempo parcial se flexibiliza para permitir que el aprendizaje se lleve a cabo de forma más lenta si así se requiere, y de forma más rápida para los casos de estudiantes que demuestren un aprovechamiento del 100% de las materias cursadas anteriormente.
El Consejo Social reconoce el esfuerzo que realiza la sociedad en la financiación de la Universidad y el tiempo que ésta invierte en formar a sus egresados. Esta reflexión ha provocado que el Consejo Social de la ULPGC, en consonancia con sus competencias, pero en coordinación con otros órganos de gobierno universitario, intente gestionar la financiación que recibe de forma eficiente para promover la excelencia académica en la propia Universidad.
Para avanzar en esta dirección y dar transparencia a los procesos, estas Normas contemplan la creación de una Comisión de Permanencia que entre sus funciones tendrá la de elevar un informe al Consejo de Gobierno y al Consejo Social de la Universidad, en el que se especificarán las tasas de rendimiento y éxito académico, así como las tasas de graduación, abandono y eficiencia de todas las titulaciones oficiales que oferte la ULPGC, para, en su caso, la adopción de acuerdos en su ámbito competencial correspondiente.
Por otro lado, el Consejo Social considera que la ULPGC, como universidad pública, debe garantizar el acceso a la enseñanza superior al mayor número posible de estudiantes, independientemente de sus condicionantes sociales o personales, de acuerdo con criterios de equidad y excelencia. Pero también debe velar por el adecuado aprovechamiento de los recursos públicos puestos a disposición de la Institución y de sus estudiantes lo que conlleva, entre otras cosas, la necesidad de exigir a los estudiantes un compromiso social y una dedicación acorde con los medios que se les ofrece y un razonable rendimiento académico a lo largo de su estancia en la Universidad. Con esta Normativa, la ULPGC asume nuevos perfiles de estudiantes emanados del Espacio Europeo de Educación Superior. En concreto los estudiantes podrán elegir entre dos modalidades de dedicación (a tiempo completo o a tiempo parcial) atendiendo a cuestiones derivadas de la existencia de necesidades educativas especiales y de otras características personales recogidas en esta norma y reglamentos que lo desarrolla. La regulación del estudiante a tiempo completo o a tiempo parcial se flexibiliza para permitir que el aprendizaje se lleve a cabo de forma más lenta si así se requiere, y de forma más rápida para los casos de estudiantes que demuestren un aprovechamiento del 100% de las materias cursadas anteriormente.
Las Normas intentan incidir en medidas que propicien unas mayores tasas de éxito en las materias que cursen los estudiantes. Para ello, se han incorporado medidas de progreso que coadyuvarán a conseguir un aprendizaje coherente y acorde con el diseño de los planes de estudios, impidiendo que los estudiantes cursen materias de las que carecen de la formación adecuada para asumir su contenido.
Los criterios básicos establecidos en esta normativa en relación con las condiciones de permanencia son tres: una exigencia mínima de superación de créditos ECTS (European Credit Transfer System) en el primer curso de estancia en la universidad; la necesidad de superar el primer curso de las titulaciones de grado en un plazo razonable; y la necesidad de mantener un mínimo rendimiento académico a lo largo de los estudios, asegurando, al mismo tiempo, las condiciones para que el estudiante que se encuentre próximo a finalizar sus estudios pueda completarlos definitivamente. Las condiciones de permanencia deben ser enunciadas y aplicadas, pero no por ello deben ser tan inflexibles que no permitan reconducir conductas coyunturalmente inadecuadas. Es por ello que se contempla la posibilidad de que un estudiante que incumpla estas condiciones pueda disponer de medidas excepcionales y restringidas de exención, continuar otros estudios o, incluso, retomar los mismos tras una desvinculación de dos cursos académicos.