ACUERDOS ADOPTADOS SESIÓN 145. 26 DE SEPTIEMBRE DE 2005.
Secretaría del Consejo Social
Universidad de Las Palmas de Gran Canaria
145-26-10-2005-1:
Se aprobó el acta número 144 de fecha 19 de julio de 2005.
145-26-10-2005-2:
Se acordó convocar una reunión de la Comisión de Calidad de los Servicios del Consejo Social para que, de acuerdo con el artículo 29 del Reglamento de Organización y Funcionamiento, proponga propuestas al Pleno que favorezcan acciones de calidad y mejora de cara a continuar con las prácticas comentadas en el informe sobre los servicios de gestión de la ULPGC.
145-26-10-2005-3:
Se acordó:
- Aprobar, de acuerdo con el artículo 84 de la Ley 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, la creación de la empresa de socio único denominada TIC ULPGC SOCIEDAD LIMITADA.
- Promover la constitución de una Mesa de colaboración Universidad-Empresa en el ámbito de las Tecnologías de la Información y la Comunicación que esté integrada por tres o cuatro miembros de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria y de la Confederación Canaria de Empresarios y cuyo objetivo es la elaboración, en un plazo no superior a 30 días desde su constitución, de una propuesta de “acuerdo estratégico Universidad-Empresa entre la ULPGC y dicha Confederación para el impulso del sector TIC en Canarias” articulada sobre la base de los siguientes puntos de partida:
- Convenir el campo de actuación de la empresa pública TIC ULPGC, S.L. en el sector TIC canario, de forma que su actividad de prestación de servicios se dirija a la propia Universidad de Las Palmas de Gran Canaria, a la Fundación Canaria Universitaria de Las Palmas y a las empresas del sector TIC, para propiciar el desarrollo de los puntos b y c que se exponen a continuación. En el caso de prestar servicios a terceros distintos de los anteriores se hará mediante la formación de UTEs entre TIC ULPGC, S.L. y las empresas privadas del sector TIC.
- Implantación de los mecanismos y procedimientos adecuados para propiciar una efectiva transferencia de soluciones tecnológicas y del know how, que se pudiera generar en la empresa pública TIC ULPGC, S.L. a las empresas privadas del sector TIC canario, al objeto de que éstas pudieran desarrollarlas y comercializarlas en el mercado, prestando especial atención a aquellos productos o servicios de valor añadido que desarrolle TIC ULPGC, S.L. para la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria que fueran susceptibles de aplicación a los diferentes sectores productivos canarios.
- Establecimiento de las vías y fórmulas apropiadas para propiciar una comunicación fluida y una colaboración estrecha entre TIC ULPGC, S.L. y las empresas privadas del sector TIC en materia de formación, ocupación y promoción de recursos humanos, considerando especialmente el papel activo que pudiera desempeñar la empresa pública como escuela de formación práctica de técnicos que permita incrementar el potencial de capital humano de las empresas del sector TIC en Canarias.
- Creación de una Comisión Permanente del “Acuerdo estratégico Universidad-Empresa para el impulso del sector TIC en Canarias” como instrumento para el seguimiento y evaluación de los anteriores puntos y la formulación de otros que la experiencia aconseje proponer a las partes firmantes para su incorporación al acuerdo.
- Previo a la firma del referido acuerdo estratégico, se elevará al Pleno del Consejo Social para, posteriormente, proceder a la firma entre las partes.
145-26-10-2005-4:
Se acordó constituir, de acuerdo con el artículo 31 del Reglamento de Organización y Funcionamiento del Consejo Social, un grupo de trabajo encargado de analizar las medidas a adoptar ante la transposición de una Directiva Europea a la Ley del Estatuto Marco del Personal Sanitario así como las consecuencias que ello pudiera implicar si no se adoptan las medidas necesarias.