Para ello, el Consejo acordó la concesión de un suplemento de crédito con cargo al remanente de tesorería de libre disposición del cual dispone la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria.
A propuesta del gerente de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria, Roberto Moreno, la Comisión Permanente del Consejo Social de la ULPGC aprobó el pasado 5 de septiembre un suplemento de crédito por importe de de 2.628.288 euros para hacer frente al sobrecoste energético que la institución ha venido sufriendo debido al aumento de los precios del suministro eléctrico.
Según explica la gerencia, este suplemento de crédito, con cargo a los remanentes de tesorería no afectados de la ULPGC, es posible gracias a que el pasado mes de junio se aprobó el Decreto ley 8/2022, de 23 de junio, por el que se prorroga la aplicación del tipo cero en el Impuesto General Indirecto Canario para combatir los efectos de la Covid-19, se autoriza el destino de remanente del presupuesto de las universidades públicas de Canarias y se adaptan las medidas tributarias excepcionales en la isla de La Palma al Decreto ley 4/2022, de 24 de marzo, por el que se modifica el Decreto ley 1/2022, de 20 de enero, por el que adoptan medidas urgentes en materia urbanística y económica para la construcción o reconstrucción de viviendas habituales afectadas por la erupción volcánica en la isla de La Palma y por el que se modifica el citado Decreto ley.
En su artículo 2 se añade un nuevo supuesto en el que las universidades públicas pueden incurrir en necesidad de financiación en términos SEC. «Las universidades públicas de Canarias podrán aprobar y liquidar el presupuesto del ejercicio 2022 con necesidad de financiación, además de en los supuestos previstos en la legislación vigente, por las necesidades derivadas del incremento, en relación al año 2021, del gasto en el suministro de energía eléctrica, así como por el aumento, en relación al año 2021, superior al 2%, en otros gastos en suministros y servicios, cuando dicho aumento sea consecuencia de la subida de los precios unitarios», recoge el texto del citado artículo.