El Reglamento supone un salto cualitativo en la organización y capacidades del Consejo Social, adaptándolo al nuevo marco universitario y a sus nuevas funciones de supervisión, evaluación y gobernanza. La presidenta agradece las aportaciones del equipo rectoral de la ULPGC y del grupo de trabajo constituido para la elaboración del Reglamento, aprobado por consenso.
El Pleno del Consejo Social de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria (ULPGC) ha aprobado hoy, por unanimidad, su Reglamento de Organización y Funcionamiento, para adaptarlo al nuevo marco normativo derivado de la Ley Orgánica del Sistema Universitario y de la reciente modificación de la Ley sobre Consejos Sociales y Coordinación del Sistema Universitario de Canarias.
El documento es resultado del proceso de revisión y actualización del Reglamento vigente, vigente tras más de veinte años desde su aprobación inicial, y recoge las modificaciones jurídicas, técnicas y organizativas necesarias para adaptar el funcionamiento del Consejo Social al nuevo marco normativo universitario.
Con esta reforma, el Consejo Social refuerza su capacidad de adaptación al nuevo contexto universitario y consolida su papel como órgano de supervisión, participación social y conexión entre la Universidad y su entorno institucional, económico y social.
En ese sentido, la presidenta del Consejo Social de la ULPGC, Ana B. Suárez, destacó el amplio consenso alcanzado en la aprobación del texto y agradeció el apoyo del equipo rectoral de la Universidad en la redacción del nuevo documento, “cuya colaboración ha contribuido de forma significativa a mejorar y enriquecer el nuevo texto”.
Entre las principales modificaciones introducidas en el nuevo texto, se encuentran una mayor sistematización de las competencias atribuidas al Consejo Social, adaptando su redacción a la terminología y contenidos incorporados por la LOSU y por la nueva legislación autonómica.
También se desarrolla con mayor detalle el régimen de emisión de informes por parte del Consejo Social, especialmente en los que tienen carácter preceptivo y previo a la adopción de determinados acuerdos por otros órganos universitarios. Se incorporan así previsiones orientadas a garantizar que dichos informes puedan emitirse en un plazo máximo de treinta días naturales, en términos generales, desde la recepción de la propuesta correspondiente.
Otro de los ámbitos en los que se introducen modificaciones relevantes es el relativo al control interno, la auditoría y la supervisión económico-financiera, ya que el nuevo texto actualiza y sistematiza la regulación relativa al Servicio de Control Interno, al Comité de Auditoría y al Plan de Auditoría de la Universidad.
El Reglamento aprobado hoy incorpora además instrumentos de seguimiento y evaluación continua, así como previsiones vinculadas a integridad institucional, gestión del riesgo y prevención del fraude, incluyendo la regulación del Comité Institucional Antifraude.
Además, el nuevo Reglamento desarrolla con mayor precisión el régimen jurídico de la Secretaría General; ordena las competencias vinculadas a la gestión económica y presupuestaria del Consejo; actualiza la regulación relativa a las comisiones y grupos de trabajo; e incorpora previsiones específicas sobre medios electrónicos, funcionamiento híbrido de los órganos colegiados y tramitación de acuerdos.
Por otro lado, entre otros aspectos, el texto incorpora nuevas referencias vinculadas a la relación universidad-sociedad, incluyendo cuestiones relacionadas con transferencia del conocimiento, empleabilidad, formación dual universitaria, colaboración con agentes sociales y económicos y conexión con el entorno productivo.
El nuevo texto será remitido ahora al Gobierno de Canarias para su tramitación y aprobación definitiva, tal y como prevé la Ley sobre Consejos Sociales y Coordinación del Sistema Universitario de Canarias.

